El artículo 2 de la Convención de la UNESCO, firmada por España, establece que no se deben considerar discriminatorios los sistemas de enseñanza separados por sexo siempre que ofrezcan facilidades de acceso y programas equivalentes y dispongan de personal docente igualmente cualificado y de un equipo de igual calidad, según ha recordado el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a Europa Press.
Así, Educación apunta que la Convención, firmada en el año 1960 por España, ratificada en el año 1969 y firmada por la ONU en el año 1999, defiende que se puede hacer este tipo de educación diferenciada y viene a ratificar que por el momento se están haciendo las cosas bien.
Además, indica que la reforma educativa emprendida por el Ministerio de Educación, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), aborda este debate e incluirá una referencia explícita para aclarar que esta modalidad educativa, la de la educación diferenciada, no supone una discriminación o una segregación basándose en el artículo 2 del texto de la UNESCO.
Recent Comments