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» Seguro de accidentes y atención
médica
El Colegio tiene contratado un Seguro de Accidentes
para todos los alumnos. Este Seguro cubre los
riesgos de los accidentes ocurridos a los alumnos
dentro del recinto de Erain, o en visitas culturales
y excursiones, siempre bajo vigilancia de sus
profesores, o durante el transporte escolar.
En
caso de indisposición del alumno durante
las horas de clase, la familia será convenientemente
avisada para que se haga cargo de su hijo.
Si se produjera algún accidente que
no pudiera ser atendido en el colegio, o la
comunicación con la familia fuese difícil
y el caso urgente, una persona del colegio acompañará
al alumno al centro de salud y avisará
a la familia para que acuda a la mayor brevedad
posible.
Si algún alumno tuviera en su historial
médico alguna contraindicación
importante, alergia, etc... convendrá
que su médico de cabecera haga un informe
que se guardará junto al expediente personal
del alumno y servirá de referencia ante
cualquier accidente.

» Mutualidad Escolar
Existe una mutualidad escolar de carácter
voluntario, que constituye un Seguro de Horfandad
y cubre 200.000 ptas/año por cada hijo
(habitualmente), cuyo objeto es garantizar la
continuidad de sus estudios en caso de invalidez
o del fallecimiento del cabeza de familia mutualista.
El coste de la Mutualidad se distribuye en
dos recibos anuales
por cada hijo matriculado en los meses de enero
y febrero.
Características de este seguro:
- Cubre los estudios, en la cantidad establecida
como prestación, desde Educación
Infantil hasta que cumplan 19 años
o terminen los estudios de 2 Bachillerato.
- La cuota que abonan los Mutualistas corresponde aproximadamente
al 3% de la prestación contratada.
- Se puede contratar cualquier contraprestación,
hasta un máximo establecido.
- La prestación anual y consiguientemente
la cuota, pueden actualizarse mediante un
porcentaje anual o bien una cantidad fija
anual, previamente notificada por el mutualista.
- El pago de la prestación a los beneficiarios
se realiza previa presentación de recibos
mensuales de gastos escolares, o bien al final
del curso escolar, previa presentación
del certificado de matriculación en
estudios oficiales aprobados por el Ministerio.
Con ello se garantiza que la prestación
siempre revierte en la continuidad de estudios
del beneficiario.
- La Mutualidad realiza una función
tutelar con los huérfanos beneficiarios,
tanto en su orientación escolar como
profesional.
- Las prestaciones que sus hijos puedan percibir
de la Mutualidad, son compatibles con las
de la Seguridad Social o cualquier otro seguro
privado.
- Las cuotas que paga el Mutualista son desgravables
en el I.R.P.F.
- La edad máxima para contratar o modificar
las prestaciones por los Mutualistas se establece
en 60 años.
- El colegio facilita las gestiones para contratar
el seguro.
- No es necesario someterse a un riguroso
examen médico, basta con rellenar un
sencillo cuestionario en el momento de suscribir
la póliza.
- Los mutualistas son los padres que se acogen
al seguro escolar. El colegio es únicamente
un intermediario que se encarga de cobrar
el seguro a los padres y pagarlo a la Mutua.
- Dependiendo de las primas consumidas por
siniestralidad en cada curso escolar, se pactarán
las condiciones económicas con la Mutua
para los siguientes cursos.
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