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Para
explicar el concilio se ha dividido el trabajo en partes:
causas de la
querella iconoclasta,
dictamen del concilio y bibliografía.
Causas
de la querella iconoclasta
El
concilio II de Nicea es el séptimo concilio ecuménico, es decir,
universal en cuanta participación de obispos de todas las regiones
cristianas. Sus sesiones tuvieron lugar desde el 24 de septiembre
hasta el 23 de octubre del 787 (siendo papa Adriano I). A la
convocatoria, efectuada por la emperatriz bizantina Irene I se
celebro para aclarar las leyes que estableció Constantino V.
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Desde hacía tiempo,
en Oriente, quizá por influencia musulmana, comenzó a existir
una corriente que no miraba con aprecio la veneración de los
iconos (imágenes religiosas). Pero fue con el Emperador León
III, durante el año 725, cuando la tensión alcanzó su punto
más alto. La primera actuación tuvo lugar en 726. No fue un
edicto sino unas exhortaciones al pueblo para que no siguiera
venerando las imágenes. El mismo emperador hizo retirar una
famosa imagen de Cristo, que estaba a las puertas de su
palacio. Este hecho fue la causa promotora de un gran tumulto
popular. Sin embargo, oficialmente, solo se puede hablar de
iconoclasia a partir del 17 de enero del 730, fecha en la que
se publico un edicto contra el culto a las imágenes, después
de haber resultado fallido el ultimo intento del emperador
para ganase al patriarca Germán, quien se vio obligado a
dimitir (y poco después lo estrangularon), recayendo el
patriarcado en Anastasio, hombre de confianza del emperador
que se sometió a la política imperial. Se resistieron a ella
los papas Gregorio II y Gregorio III, mientras en Oriente S.
Juan Damasceno defendía el culto a las imágenes. |

Por icono se entiende
tradicionalmente las pinturas religiosas orientales que
representan al Salvador y a la Virgen.
Sin embargo, en la querella
iconoclasta, por icono se refiere a toda imagen religiosa. |
Al
morir León III, ocupó el trono imperial su hijo Constantino V
(741-775), que continuo con la prohibición de dar culto a los
iconos, aunque al principio con una cierta moderación. El
Emperador convocó un sínodo en Hieria (753) que rechazó la
veneración de las imágenes. Luego arrecia el terror con el despojo
de las imágenes y profanación de las iglesias. Los monjes y gran
parte del pueblo se oponía a la destrucción de las imágenes
religiosas, dando lugar a martirios. La actuación del Emperador
fue todavía más represiva: o tan solo ordeno destruir las
imágenes, sino también las reliquias, llegando incluso a
prohibirse la oración y el culto a los santos.
A su
muerte, la situación comenzó a mejorar con León I. Aún mejoró más
cuando, a la muerte de León IV, Irene se hizo con el Imperio como
Regente. Pronto dimitió el débil patriarca bizantino Pablo, al que
sucedió el ortodoxo Tarasio (784), secretario imperial. Tarasio
sugirió a Irene la idea de convocar un Concilio ecuménico para la
defensa de las imágenes. Así lo hizo el 29 agosto 784 invitando al
papa Adriano I a un sínodo que habría de celebrarse en
Constantinopla. Adriano aceptó la idea (785) y nombró sus legados,
a Pedro arcipreste de S. Pedro, y a Pedro archimandrita de S.
Sabas. Les dio la encomienda de anular el decreto de Hieria.

El Concilio se celebró
en la ciudad de Nicea |
Dictamen del concilio
El
concilio declaro nulas las decisiones del sínodo iconoclasta del
754 y formulo la doctrina ortodoxa sobre la veneración de las
imágenes. Base de esa doctrina fue la teología de san Juan
damasceno, expuesta en plena controversia iconoclasta y que
consideraba las imágenes como sermones silenciosos y libros para
iletrados por todos fáciles de entender. San Juan distinguía entre
la verdadera adoración, que tan solo a Dios es debida y la
veneración relativa que se tributa a las imágenes de Cristo y de
los santos. El concilio definió que la verdadera adoración sólo
corresponde a Dios; pero que las imágenes del Salvador, de la
Virgen, de los Ángeles y de los Santos pueden ser veneradas y que
era legitimo honrarlas con la ofrenda de incienso y de luces como
fue piadosa costumbre de los antiguos, por que el que adora a una
imagen adora a la persona que ella representa.
Acudieron al Concilio tres delegados de Patriarcas orientales
-Alejandría, Antioquía y Jerusalén-, favorables al culto de las
imágenes. Los Padres que asistieron eran unos 350, casi en su
totalidad orientales. Se tuvieron ocho sesiones presididas por
Tarasio, aunque los legados romanos eran los primeros en el
momento de firmar. Estaban presentes dos comisarios imperiales.
Los
Padres hicieron profesión de fe ratificando el Símbolo
Constantinopolitano y volviendo a condenar a todos los
heresiarcas. El decreto sobre las imágenes dice: «Siguiendo el
camino real, fieles al magisterio divinamente inspirado de
nuestros santos Padres y a la tradición de la Iglesia católica,
pues la reconocemos ser del Espíritu Santo que habita en ella,
definimos con todo esmero y diligencia, que lo mismo que la de la
preciosa y vivificante cruz, así también hay que exhibir las
venerables y santas imágenes, tanto las de colores como las de
mosaicos o de otras materias convenientes, en las santas iglesias
de Dios, en los vasos y vestidos sagrados y en los muros y tablas,
en las casas y en los caminos: a saber, tanto la imagen de nuestro
Señor Dios y Salvador Jesucristo, como la de nuestra inmaculada
Señora, la santa Madre de Dios, y las de los honorables ángeles y
de todos los santos y piadosos varones. Porque cuanto más se las
contempla en una reproducción figurada, tanto más los que las
miran se sienten estimulados al recuerdo y afición de los
representados, a besarlas y a rendirles el homenaje de la
veneración (proskynesis timetiké), aunque sin testificarle la
adoración (latría), la cual compete sólo a la naturaleza divina:
de manera que a ellas (las imágenes) como a la figura de la
preciosa y vivificante cruz, a los santos evangelios y a las demás
ofertas sagradas, les corresponde el honor del incienso y de las
luces, según la piadosa costumbre de los mayores, ya que el honor
tributado a la imagen se refiere al representado en ella, y quien
venera una imagen venera a la persona en ella representada».
El
papa Adriano I aceptó el Concilio y sus resultados en el año 794.
A pesar de ello en Oriente se recrudeció de nuevo la política
iconoclasta, sólo el año 842 quedaron ya definitivamente aceptadas
las decisiones del II Concilio de Nicea.
Bibliografía
Gran Enciclopedia Rialp
Hertling, Ludwig; Historia de la Iglesia
Orlandis, José; Historia de la Iglesia
Kairos. Religión Católica. 4º ESO. Ed. Casals
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